ESCOLTA PRIVADO

Desde que la colectividad humana comenzó a organizarse dentro de un territorio geográfico delimitado con el fin de regir sus propios destinos, apareció la figura del líder. El hombre a través del cual las aspiraciones del grupo iban a ser realizadas.

A partir de ese momento, la lucha para imponer las ideas a la colectividad de un pequeño grupo o de otro se ha realizado de dos maneras diferentes, unas pacíficamente y otras de forma violenta. A través de la historia podemos ver que los jefes de tribus, reyes, emperadores, presidentes, caudillos, dictadores, cualquiera que sea su país se han rodeado de sus guardias de corps, guardias reales, pretorianas, etc., con misión de protección personal.

Con el paso de los tiempos vemos que los actos violentos, no solo van dirigidos a los líderes o jefes, si no que alcanza también a sus consejeros, validos y ministros y que llegando al siglo XX, estos aumentan, alcanzando muchas veces a todo aquél que ostente un poder, lo mismo sea judicial, legislativo o ejecutivo, o cualquiera que se destaque por ser el cabeza visible de un conjunto que quiera imponer sus ideas a la colectividad.

A partir de la década de los 70 aumentó la escalada terrorista, siendo considerable el número de atentados y secuestros perpetrados en personas de variadas condiciones sociales. Esto fue debido al auge que tuvieron las bandas terroristas y el índice tan elevado de criminalidad alcanzado en España, lo que hizo que la Fuerzas de Seguridad del Estado se vieran desbordadas y dieran entrada a la “SEGURIDAD PRIVADA”, apareciendo las figuras del Vigilante de seguridad y el ESCOLTA PRIVADO

la Ley de Seguridad Privada dedica los artículos 33, 43 y art. 5 letras “a” y “b” a los escoltas y el Reglamento (todavía en vigor hasta que salga el nuevo) los artículos 88, 89, 90 y 91